13.11.01

México-ONU: crisis legal por terrorismo

INDICADOR POLÍTICO
Carlos Ramírez
12.10.2001
México-ONU: crisis legal por terrorismo

Aunque existe la buena voluntad de México con Estados Unidos y con las Naciones Unidas en materia de terrorismo, especialistas en derecho se han encontrado con un problemas bastante serio: México carece de un marco jurídico actualizado para encarar el flagelo del terrorismo y el del Código Penal no quiere aplicarse para los que usan la vía armada como forma de expresión política.


El asunto ha trabado la capacidad de respuesta de las autoridades. De acuerdo con el Código Penal mexicano y con la Carta y las resoluciones de la ONU, los grupos guerrilleros mexicanos caen en la tipología de grupos terroristas. Las leyes no eximen del castigo las razones sociales y políticas de la vía armada, sino que califican las formas de operar.


La decisión de la PGR de abrir una fiscalía antiterrorista cae en la esfera de las atribuciones del ejecutivo federal para organizar y reorganizar la administración pública. Sin embargo, el delito de terrorismo fue cobijado por la ley contra el crimen organizado. Y ahí van a comenzar los problemas: si un terrorista es arrestado por presuntos delitos percibidos a través, por ejemplo, del espionaje telefónico, un amparo lo puede librar de la cárcel porque esa ley carece de fundamentación Constitucional: el Congreso no tenía facultades para legislar sobre espionaje o seguridad nacional.


El Código Penal federal considera, en su artículo 139, el terrorismo como un delito contra la seguridad de la nación. "Se impondrá pena de prisión de 2 a 40 años y multa hasta de 50 mil pesos, sin perjuicio de las penas que correspondan por los delitos que resulten, al que utilizando explosivos, sustancias tóxicas, armas de fuego o por incendio, inundación o por cualquier otro medio violento, realice actos en contra de las personas, las cosas o servicios al público, que produzcan alarma, temor, terror en la población o en un grupo o en un sector de ella, para perturbar la paz pública o tratar de menoscabar la autoridad del Estado o presionar a la autoridad parea que tome una determinación".


En términos estrictos, la guerrilla --tanto la "buena" del EZLN o la "mala" como el EPR o la Coordinadora Nacional Guerrillera-- caen dentro del delito del terrorismo. Ninguna ley justifica el uso de la violencia por causas sociales o razones políticas. Y más aún, en artículo 144 del Código Penal sólo considera "delitos de carácter político" los de "rebelión, sedición, motín y el de conspiración para cometerlos". El terrorismo no es considerado delito político por la legislación penal mexicana. Y lo peor: el Código castiga el acto terrorista, no la preparación.


De ahí que los resolutivos de la ONU --que México debe no sólo cumplir sino acatar ahora que ya fue electo miembro del Consejo de Seguridad-- hayan generado una situación de crisis legal. Y el asunto podría empeorar si se confirman algunas relaciones de grupos árabes radicales, vinculados a las prácticas terroristas, con algunas organizaciones guerrilleras. El problema, sin embargo, radica en la tradición política mexicana que ve con buenos ojos por razones históricas --la Revolución Mexicana y las simpatías progresistas-- a los movimientos armados que luchan contra la injusticia y el autoritarismo.


En este contexto, el primer reto del gobierno mexicano radica en el replanteamiento del marco jurídico mexicano para aclarar el delito de terrorismo. El Movimiento Estudiantil del 68 incorporó la lucha contra el artículo 145 bis del Código Penal que tipificaba el delito de "disolución social", es decir, las actividades violentas o callejeras que, razonó el legislador autoritario, contribuían a desarticular la cohesión social. El artículo fue anulado después de la matanza de estudiantes en Tlatelolco.


En una resolución de febrero de 1995, la ONU ratificó una Declaración formal de la Asamblea General en la que se caracterizaba el terrorismo como una práctica política: "los actos criminales con fines políticos concebidos y planeados para provocar un estado de terror en la población en general, en un grupo de personas o en personas determinadas son injustificables en todas sus circunstancias, cualesquiera sean las consideraciones políticas, filosóficas, ideológicas, raciales, étnicas, religiosas o de cualquier otra índole que se hagan valer para justificarlas".


En consecuencia, México está obligado a resolver la contradicción entre el terrorismo tipificado como delito político por la ONU y asumido en el Código Penal mexicano como de orden común. La diferencia es de seriedad porque implicaría la caracterización de los riesgos: ¿cómo le hará México para aplicar los mandatos de la ONU en contra de grupos guerrilleros que ondean objetivos sociales y políticos pero que causan terror entre la población nacional y extranjera?


Hasta ahora, la legislación mexicana vigente es la misma que diseñó el PRI desde la óptica progresista de simpatía con organizaciones guerrilleras extranjeras --Cuba, Nicaragua y El Salvador, por ejemplo--, pero hoy en un escenario donde el terrorismo árabe fue parte de las relaciones de amistad y solidaridad con la guerrilla mexicana.


EJERCITO SIN JEFE
El otro punto delicado que abrió como debate el ataque terrorista contra el World Trade Center de Nueva York radica en la cooperación militar. En una entrevista con Larry King, el presidente Fox reconoció que "no tenemos un ejército fuerte". El encargado presidencial de las relaciones con las comunidades mexicanas en EU, Juan Hernández, afirmó que "no tenemos ejército, mano". Y el propio Fox rindió homenaje a los caídos en el 68 por las balas de militares en Tlatelolco.


El primer punto ha causado irritación dentro del ejército: Fox es, por mandato consititucional, el comandante en jefe de las fuerzas armadas y como tal no confía en la fuerza militar y además homenajea a los caídos por la represión militar del 2 de octubre del 68. En 1970, Echeverría como candidato presidencial priísta guardó un minuto de silencio por los estudiantes asesinados en Tlatelolco y estuvo a punto de perder la nominación. Y como secretario de Educación, Zedillo pagó libros de texto que culpaban a los militares de la represión de Tlatelolco y casi lo echan del cargo.


La confusión con Fox ha generado más irritación. Hace apenas unos meses dijo, en una entrevista por televisión, que el ejército mexicano "está de pelos" y ahora salió con que "no tenemos un ejército fuerte". La falta de consistencia en las declaraciones presidenciales sobre temas delicados ha contribuido a disminuir la fuerza institucional en el ejército. Si el comandante en jefe tiene esas opiniones, la moral militar podría convertirse en un problema adicional.


Pero el asunto militar no ha terminado ahí. Hay otro debate que está en puerta. El artículo 43 de la Carta de las Naciones Unidas --que México firmó en su fundación y que hoy refrenda como miembro no permanente del Consejo de Seguridad-- ordena que "todos los miembros de las Naciones Unidas, con el fin de contribuir al mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales, se comprometen a poner a disposición del Consejo de Seguridad, cuando éste lo solicite y de conformidad con un convenio especial o con convenios especiales, las fuerzas armadas, la ayuda y las facilidades, incluso el derecho de paso, que sean necesarias para el propósito de mantener la paz y la seguridad internacionales".


Aunque el canciller Jorge G. Castañeda declaró en el Congreso que no le han pedido a México tropas y que México no las enviará, ahora como miembro del Consejo de Seguridad México tiene obligaciones más estrictas para cumplir con los mandatos de la Carta de la ONU. Y como dato adicional habría otro para profundizar los compromisos: México fue miembro no permanente del Consejo de Seguridad que fundó la ONU y que redactó la Carta de la organización.


En este contexto, México enfrentaría un conflicto constitucional si el Consejo de Seguridad de la ONU solicita militares mexicanos para misiones de restauración de la paz en el Medio Oriente. El presidente de la república tiene la facultar --fracción VI del 89 constitucional-- de disponer de los militares y marinos "para la seguridad interior y la defensa exterior de la federación", pero previa autorización del Senado. Y la ONU solicitaría efectivos para la defensa de un tercer país porque el conflicto no tiene que ver con la defensa exterior mexicana. En todo caso, Fox tendría que invocar la fracción VIII para "declarar la guerra en nombre de los Estados Unidos Mexicanos".


Y los problemas de México con la ONU no terminarían ahí, sobre todo por la precisión de las leyes. El artículo 51 de la Carta de la ONU reconoce el "derecho inmanente de legítima defensa individual o colectiva en caso de ataque armado contra un miembro". En sentido estricto, el ataque terrorista no fue armado: fueron aviones comerciales y los presuntos terroristas utilizaron armas improvisadas para secuestrarlos. Por tanto, la respuesta de EU fue realmente violatoria de los mandatos de la Carta de las Naciones Unidas.


El mismo artículo 51 contiene otro mandato que fue violado por EU. La ONU reconoce el derecho de legítima defensa pero condicionado: "hasta tanto que el Consejo de Seguridad haya tomado las medidas necesarias para mantener la paz y la seguridad internacionales". Así, el 51 le otorga al Consejo de Seguridad la función de dirigir las decisiones para la paz. Pero resulta que en el caso de Osama ben Laden, EU y Gran Bretaña se hicieron cargo del control de la respuesta y subordinaron a las demás naciones. Las exigencias de George W. Bush al delinear el campo de los buenos y los malos fue otra forma de excluir a la ONU de sus tareas de mantenimiento de la paz.


Aunque la ONU reconoce la capacidad de respuesta inmediata de un Estado agredido, el 39 le otorga al Consejo de Seguridad una tarea concreta: el Consejo "determinará la existencia de toda amenaza a la paz, quebrantamiento de la paz o acto de agresión y hará recomendaciones o decidirá qué medidas serán tomadas de conformidad con los artículos 41 y 42". Sin embargo, EU le quitó a la ONU el derecho de caracterizar el conflicto, organizó una fuerza de ataque con Gran Bretaña y con ello hizo a un lado a la ONU.


Si bien el ingreso de México al Consejo de Seguridad de la ONU será una prueba de madurez, de todos modos causará aquí conflictos legales y hasta constitucionales.

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